Condiciones generales
Artículo 1 – Definiciones
En las presentes condiciones se entiende por:
Plazo de reflexión: El plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento.
Consumidor: La persona física que no actúa en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.
Día: Día natural.
Contrato de duración: Un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo.
Soporte de datos duradero: Cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información que le sea dirigida personalmente de manera que sea posible su consulta futura y la reproducción sin modificaciones de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: La posibilidad de que el consumidor renuncie al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión.
Empresario: La persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores.
Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema de venta a distancia de productos y/o servicios organizado por el empresario, se utiliza exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta la celebración del contrato.
Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato, sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar.
Condiciones generales: Las presentes condiciones generales del empresario.
Artículo 2 – Derecho de desistimiento
El consumidor tiene derecho a desistir del contrato en un plazo de reflexión de 30 días sin necesidad de indicar los motivos. Durante el plazo de reflexión, el consumidor deberá tratar con cuidado el producto y el embalaje.
Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios suministrados y, en la medida de lo posible, en su estado original, de conformidad con las instrucciones razonables del empresario.
Artículo 3 – Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario, así como a todo contrato a distancia celebrado y a todos los pedidos entre el empresario y el consumidor.
Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en las instalaciones del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán sin demora y de forma gratuita.
Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente por vía electrónica o por cualquier otro medio.
En caso de conflicto entre las condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales resultaran nulas o fueran anuladas, total o parcialmente, en cualquier momento, el contrato y las presentes condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición en cuestión será sustituida de inmediato, de común acuerdo, por una disposición que se aproxime lo más posible al sentido de la original.
Las situaciones que no estén reguladas en las presentes condiciones generales deberán evaluarse «según el espíritu» de las mismas. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «según el espíritu» de las presentes condiciones generales.
Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene una validez limitada o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta.
Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o las equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
Todas las imágenes y especificaciones de la oferta son orientativas y no pueden dar lugar a indemnización por daños y perjuicios ni a la resolución del contrato.
Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
Cada oferta contiene información tal que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Esto se refiere en particular a:
- Los posibles gastos de envío.
- La forma en que se formalizará el contrato y los trámites necesarios para ello.
- La aplicabilidad o no del derecho de desistimiento.
- La forma de pago, entrega y ejecución del contrato.
- El plazo para la aceptación de la oferta, o bien el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio.
- El importe de la tarifa de comunicación a distancia si los gastos derivados del uso de la tecnología de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado.
- Si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, de qué manera puede consultarlo el consumidor.
- La forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede verificar los datos facilitados por él en el marco del contrato y, si lo desea, corregirlos.
- Los demás idiomas en los que, además del neerlandés, se puede celebrar el contrato.
- Los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica.
- La duración mínima del contrato a distancia en caso de una operación de duración determinada.
Opcional: tallas, colores y tipos de materiales disponibles.
Artículo 5 – El contrato
El contrato se perfeccionará, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones establecidas en la misma.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, también por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y velará por un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
El empresario podrá, dentro de los marcos legales, informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos los hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o una solicitud, motivando su decisión, o a supeditar su ejecución a condiciones especiales.
El empresario deberá facilitar al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte de datos duradero:
- La dirección física del establecimiento del empresario al que el consumidor pueda acudir en caso de reclamaciones.
- Las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o bien una indicación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento.
- La información sobre garantías y el servicio posventa existente.
- Los datos incluidos en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, salvo que el empresario ya haya facilitado dichos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato.
- Los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
En caso de una operación a plazo, la disposición del párrafo anterior solo se aplica a la primera entrega. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de la disponibilidad suficiente de los productos en cuestión.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Al adquirir productos, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo de 30 días.
Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida en que sea necesario para poder evaluar si desea conservarlo.
Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicárselo al empresario en un plazo de 30 días a partir de la recepción del producto. El consumidor deberá realizar dicha comunicación mediante una notificación por escrito o por correo electrónico.
Una vez que el consumidor haya notificado su intención de ejercer su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 30 días. El consumidor deberá demostrar que los artículos entregados han sido devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha manifestado su intención de ejercer su derecho de desistimiento y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará formalizada.
Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán a cargo del consumidor.
Si el consumidor ha abonado algún importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible, a más tardar en un plazo de 30 días tras la desistimiento. Para ello, se exige que el empresario ya haya recibido el producto o que se pueda presentar una prueba fehaciente de la devolución completa.
Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para determinados productos, tal y como se describe en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con la debida antelación antes de la celebración del contrato.
La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
- Que hayan sido fabricados por el empresario de acuerdo con las especificaciones del consumidor.
- Que sean claramente de carácter personal.
- Que, por su naturaleza, no puedan devolverse.
- Que puedan deteriorarse o caducar rápidamente.
- Cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia.
- Periódicos y revistas sueltos.
- Soportes multimedia, grabaciones de vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
- Productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
Artículo 9 – El precio
Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo en caso de modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos del IVA.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables aquellos productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia alguna. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean orientativos se mencionarán en la oferta.
Los aumentos de precios dentro de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de disposiciones o normas legales.
Los aumentos de precios a partir de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:
- Son consecuencia de disposiciones o normas legales.
- El consumidor tenga la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipográficos. No se acepta ninguna responsabilidad por las consecuencias de los errores de impresión y tipográficos. En caso de errores de impresión y tipográficos, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio erróneo.
Artículo 10 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
Una garantía proporcionada por el empresario, el fabricante o el importador no menoscaba los derechos legales y las reclamaciones que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
Los posibles defectos o productos entregados erróneamente deberán comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 30 días a partir de la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en el embalaje original y en perfecto estado.
El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se hace responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de los posibles consejos relativos al uso o la aplicación de los productos.
La garantía no será válida si:
- El consumidor ha reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados, o ha encargado a terceros que los reparen y/o modifiquen.
- Los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales, han sido manipulados de forma descuidada o se han utilizado en contra de las instrucciones del empresario y/o de las indicadas en el embalaje.
- La falta de conformidad se deba, total o parcialmente, a normas que las autoridades hayan establecido o vayan a establecer en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.
Artículo 11 – Entrega y ejecución
El empresario actuará con la mayor diligencia posible en la recepción y la ejecución de los pedidos de productos.
Teniendo en cuenta lo dispuesto al respecto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia, pero a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo.
Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá una notificación al respecto a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y a una posible indemnización por daños y perjuicios.
En caso de rescisión de conformidad con el apartado anterior, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de 30 días tras la rescisión.
Si la entrega de un producto solicitado resulta imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se indicará de forma clara y comprensible que se está entregando un artículo sustitutivo.
En el caso de los artículos sustitutivos, no se puede excluir el derecho de desistimiento. Los gastos de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
El riesgo de que los productos sufran daños o se extravíen recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 12 – Contratos de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y destinado al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso de un mes como máximo.
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo determinado y destinado al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, con efecto al término del plazo fijado, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso de un mes como máximo.
El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- En cualquier momento, sin estar limitado a hacerlo en un momento determinado o en un período concreto;
- Al menos de la misma forma en que los celebró;
- Siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.
Prórroga
Un contrato celebrado por un período determinado y destinado al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado y destinado al suministro periódico de periódicos, diarios, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de hasta tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir dicho contrato prorrogado antes de que finalice la prórroga, con un plazo de preaviso de un mes como máximo.
Un contrato celebrado por tiempo determinado y destinado al suministro periódico de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo y de tres meses como máximo en caso de que el contrato se refiera al suministro periódico, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de periódicos, revistas de actualidad, semanarios y revistas.
Un contrato de duración limitada para el suministro periódico de periódicos, revistas de actualidad, semanarios y revistas con fines de prueba (suscripción de prueba o de familiarización) no se prorroga tácitamente y finaliza automáticamente tras la finalización del periodo de prueba o de familiarización.
Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento tras el primer año, con un plazo de preaviso de un mes como máximo, salvo que la razón y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.
Artículo 13 – Pago
Salvo que se acuerde lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de siete días hábiles a partir del inicio del plazo de reflexión previsto en el artículo 6, apartado 1.
En caso de un contrato de prestación de servicios, dicho plazo comenzará a contar una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, salvo restricciones legales, a cobrar los gastos razonables que se le hayan comunicado previamente al consumidor.
Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones
Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse ante el empresario en un plazo de siete días, de forma completa y claramente descrita, una vez que el consumidor haya constatado los defectos.
Las reclamaciones presentadas ante el empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción.
Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá en el plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede el consumidor esperar una respuesta más detallada.
Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, se producirá un litigio sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, a menos que este indique lo contrario por escrito.
Si el empresario considera que la reclamación está justificada, sustituirá o reparará los productos entregados sin coste alguno, a su elección.
Artículo 15 – Controversias
A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren las presentes condiciones generales se les aplicará exclusivamente la legislación neerlandesa.
Incluso si el consumidor reside en el extranjero.